Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares podrán expedir Pasaportes Consulares a los nacionales paraguayos residentes en el exterior, conforme a la Resolución N° 924 de fecha 3 de setiembre de 2013.
Requisitos para la expedición de Pasaporte Consular
Hijos menores de madre o padre paraguayo nacidos en el extranjero
Por expresa recomendación de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), los Estados contratantes (Paraguay) procederán a la expedición de pasaportes para cada solicitante, individualmente, sea cual fuere su edad. A partir del 1º de abril del 2010 los menores de edad no podrán ser incluidos en los pasaportes del padre o de la madre.
Inclusión de apellido de casada
El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional es la institución competente para expedir cédulas de identidad de las personas, por lo que las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares no están facultadas para incluir el apellido de casada en los pasaportes consulares. La solicitante es responsable de realizar la gestión correspondiente ante el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional en caso que desee incluir en su nombre el apellido de casada. Dicha gestión deberá ser previa a la solicitud del pasaporte consular en la que se solicite la inclusión del apellido de casada.
Nota: El nombre y apellido que se asienta en el pasaporte consular deben ser los mismos que figuran en la Cédula de Identidad Civil. El prontuario que obra en el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional constituye el registro oficial nacional de la identidad de las personas.
Las Representaciones Diplomáticas y Consulares pueden expedir el Pasaporte Provisorio (Salvoconducto) a los nacionales paraguayos que deban regresar al territorio de la República y que se encuentren sin documentos de viaje por destrucción, inutilización, extravío o sustracción de los mismos, cuando el plazo de validez del documento con el que viajaron haya fenecido.
Requisitos
Nota: Por su naturaleza, el Pasaporte Provisorio (Salvoconducto) es un documento de emergencia para retornar al Paraguay, cuya expedición debe realizarse en el menor tiempo posible.
Requisitos
Observación: Los Decretos y Resoluciones deberán ser autenticados por un funcionario designado a ese efecto por la Institución solicitante.
Costos:
Carta de Visa:
Costos: